El radón en el sector de la edificación

En diciembre de 2019 entra en vigor una nueva sección HS6 para la Protección frente a la exposición de radón del documento básico de Salubridad del Código Técnico de la Edificación. Este documento básico tiene como objeto establecer reglas y procedimientos que permitan cumplir las exigencias básicas de salubridad en la edificación, y dentro de esta exigencia básica a reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios, dentro de los edificios y en condiciones normales de utilización, padezcan molestias o enfermedades. En concreto, la sección HS6 pretende que los edificios dispongan de medios adecuados para limitar el riesgo previsible de exposición inadecuada a radón procedente del terreno en los recintos cerrados.

El ámbito de aplicación de esta sección es:

  • Los edificios de nueva construcción.

  • Intervenciones en edificios existentes.

    • En ampliaciones de edificios (a la parte nueva).

    • En cambios de uso del edificio o en zonas del edificio.

    • En reformas que modifiquen la protección inicial.

 1. Nivel de referencia

Para limitar el riesgo al radón, el HS6 establece un nivel de referencia para el promedio anual de concentración de actividad en el aire en el interior de locales habitables de 300 Bq/m3. El código técnico establece como “local habitable”, recintos que debido al uso y el tiempo de uso de los recintos por parte de los usuarios requieren un nivel de salubridad alto, como pueden ser dormitorios, salas de estar, despachos, etc.

2. Mapas municipales de riesgo

La sección HS6 del documento básico de salubridad incluye, en su Apéndice B, un listado de términos municipales en los que, en base a las medidas realizadas por el Consejo de Seguridad Nuclear, se considera que hay una probabilidad significativa de que los edificios allí construidos sin soluciones específicas de protección frente al radón presentan concentraciones de radón superiores al nivel de referencia (300 Bq/m3). Este listado se basa en el mapa de riesgo por municipios elaborado por el CSN, publicado en la Cartografía del Potencial de radón en España en la Colección de Informes Técnicos donde se establecen dos niveles de riesgo (Nivel de riesgo 1, moderado; y Nivel de riesgo 2, alto).

 3. En Canarias, ¿qué municipios son de riesgo según el HS6?

Si bien, en fase de borrador el listado de municipios se ajustaba al mapa de municipios publicado por el CSN, en el documento HS6 aprobado y actualmente en vigor se han realizado cambios en el nivel de riesgo de tres municipios (La Aldea de San Nicolás en Gran Canaria y Adeje y Güimar en Tenerife) que subieron de municipios de zona 1 a zona 2. Esto supone que las islas de Gran Canaria y Tenerife tienen todos sus municipios en zona de riesgo 2 (alto) a excepción de San Juan de la Rambla y La Guancha (ambos municipios al norte de Tenerife), mientras que el resto de las islas tienen sus municipios fuera de la clasificación de riesgo. 

zona de riesgo icradon